¿Dónde deben trabajar las personas con discapacidad?

En España la ley fija esencialmente dos mecanismos de inserción de personas con discapacidad. La llamada LISMI (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos) fija la obligatoriedad para las empresas con una plantilla superior a 50 personas de contar con un 2% de plantilla con discapacidad. En el caso de no 'poder' cumplir con dicha prerrogativa, se establecen medidas alternativas, por las cuáles dichas empresas pueden realizar compras a Centros Especiales de Empleo (CEE) por un importe equivalente a un coeficiente superior al del sueldo medio, así como realizar donaciones a fundaciones y centros ocupacionales.

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